En el Boletín Oficial se publicó la disposición 5923/2020, donde ANMAT prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva extra virgen

El nombre del producto es “Aceite extra virgen oliva”, de la marca Sabrooliva (RNPA: 13014196. RNE: 13000978).

Para constatar si el aceite de oliva cumplía con los registros de producto y establecimientos pertinentes, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) realizó investigaciones a partir de la consulta de un consumidor en relación a la comercialización de este producto procedente de la provincia de Mendoza.

“La autoridad sanitaria de la provincia de Mendoza indica que el RNPA es inexistente y que el RNE pertenece a otro establecimiento que se encuentra dado de baja”, describe el informe.

Por otra parte, el comunicado enfatiza que el producto estaría “falsamente rotulado” y que sería en consecuencia “ilegal”.