Tanto sociales, comerciales y deportivas. Los protocolos sanitarios a seguir.

Teniendo en cuenta la evolución de la situación sanitaria de Tucumán, el Comité Operativo de Emergencias (COE) emitió la Resolución N°108 [23/08/2021], donde dispuso la autorización de actividades con modalidad especial que podrán llevarse a cabo con la aplicación de protocolos estrictos. Esto, de acuerdo a los indicadores epidemiológicos actuales y conforme al avance de la campaña de vacunación contra el Covid-19 que se desarrolla en todo el territorio provincial, según los lineamientos del Ministerio de Salud Pública.

Actividades autorizadas con modalidad especial

  • Reuniones sociales y familiares desarrolladas en domicilios particulares de más de 10 Si el domicilio contara con espacio al aire libre y la reunión se realizara en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas. }
  • Comercio en general, profesionales liberales y afines, y servicios varios podrán trabajar en el horario de 10:00 a 19:00. Deberán garantizar el cumplimiento de las reglas de conducta general: distanciamiento, uso de barbijo o tapabocas, higienización de manos, ventilación cruzada constante, sin perjuicio de lo estipulado en los protocolos específicos.
  • Locales gastronómicos (restaurantes, bares, entre otros): El horario de atención de servicios en mesas será de 7:00 a 4:00, con ocupación de hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados y con ventilación cruzada constante. Hasta cuatro personas por mesa (salvo burbuja familiar) y distanciamiento de dos metros entre mesas contiguas, uso de barbijo en todo momento, salvo para ingerir bebidas y alimentos, tanto en espacios cerrados como abiertos.
  • Salones de fiesta, discotecas y salones de baile: Solo en modalidad bar, bajo estricto cumplimiento de las pautas establecidas en el inciso anterior sobre locales gastronómicos. Podrán funcionar hasta las 4:00, con ocupación de hasta el 50% de la capacidad en espacios cerrados, hasta un máximo de 300 personas.
  • Ferias: Solo podrán funcionar las ferias locales y a cielo abierto.
  • Gimnasios, centros de entrenamiento y afines: Únicamente podrán permanecer abiertos para entrenamiento individual, sin clases grupales. Horario de 7:00 a 00:00.
  • Celebraciones de culto: podrán realizarse en espacios cerrados hasta el 50% de la capacidad.
  • Turismo: hotelería y prestaciones turísticas Deberán cumplir los protocolos de la Resolución C.O.E. N°63/2020, los pasajeros deberán completar la declaración jurada de Turismo, descargándola de la página del Ente Tucumán Turismo www.tucumanturismo.gob.ar
  • Salas de juegos de azar: exclusivamente funcionarían en modalidad electrónica.

Autoridades de contralor

La Resolución dejó establecido que el personal dependiente del Ministerio de Seguridad y de los demás organismos que lleven adelante el control de lo dispuesto deberá remitir, de forma inmediata, constancia de la supuesta infracción captada a través de cualquier medio, incluso electrónico, a fin de dar actuación a la autoridad judicial competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.