A quienes aplica la salvedad que hizo el Ministerio de Salud. Qué ocurre con las recetas digitales y por qué.

“El Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, la Confederación Farmacéutica Argentina, la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias y la Federación Farmacéutica acompañan la Resolución Ministerial 3622/22 y ratifican la importancia de retornar al sistema de recetas previo al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), que permite una trazabilidad y seguridad adecuadas de los medicamentos y alienta su uso racional”, dice el comunicado del Ministerio de Salud de la Nación de este martes para explicar lo que ocurrirá con la recetas digitales o más bien con las fotografías de la recetas físicas (foto-recetas) realizadas por un médico.

Por qué se dejan de usar

El texto explica que se aplicaron y aceptaron las mismas “mientras durara el ASPO”. Éstas eran “enviadas por canales digitales (Whatsapp y correo electrónico) para tratamientos crónicos con una validez de siete días”.

Y al dejar de ser necesario Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), las citadas ‘foto-recetas’ pierden vigencia.

El informe del ministerio de salud dice que, “en la gran mayoría del territorio nacional y en los distintos subsectores del sistema de salud (obras sociales provinciales, sistema público de salud y algunas obras sociales nacionales y prepagas) ya no se utiliza”

Se hace referencia al método utilizado como un “mecanismo, aceptado como excepción durante un momento epidemiológico particular”.

Además, explica que esto no fue una media caprichosa, sino que, fue “una medida consensuada” con funcionarios “de las 24 jurisdicciones en el marco del Consejo Federal de Salud”.

La diferencia entre ‘foto-recetas’ y las digitales

No obstante, hace una aclaración el comunicado citado, al expresar: “las recetas digitales o electrónicas continúan siendo válidas en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.553. En este sentido, todas las recetas digitales/electrónicas de PAMI, obras sociales, sector público o empresas de medicina prepaga que se venían utilizando siguen vigentes, exactamente como hasta ahora”.

También deja clara su postura acerca de cierta práctica, a la cual la diferencia de la anterior al decir que ya no tiene efecto o está derogada “la posibilidad de presentar una foto de receta médica en las farmacias”.

Pero hace una excepción con “aquellos pacientes con condiciones crónicas y tratamientos prolongados que venían utilizando este mecanismo, en cuyo caso se tomarán como válidas hasta el 28 de febrero de 2023”.

El comunicado del Ministerio de Salud de la Nación.

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2022/12/comunicado_recetas_medicas.pdf

Así, entonces, quedan desautorizadas o ya no son válidas la ‘foto-recetas’ o fotografías de recetas médicas que eran enviadas por alguna plataforma digital, con la sola excepción de los pacientes de enfermedades crónicas. Los mismos se beneficiarán del sistema caducado, hasta el último día de febrero de 2023.

Mientras que, es otra la situación de las recetas digitales o electrónicas que están sostenidas por una ley (27.553) y que pueden seguir utilizándose normalmente.